Prohíben píldora del día después en Chile
Noticias Globales
El 20º Juzgado Civil de Santiago de Chile
prohibió la venta de la píldora del día después y ordenó revocar el
decreto del Instituto de Salud Pública (ISP) que autorizó su
comercialización desde 2001.
El tribunal acogió una demanda presentada
por el Centro Juvenil Ages. La jueza del 20º Juzgado, Silvia Papa,
ratificó la validez del fallo de agosto de 2001 de la Corte Suprema, que
consideró como "posible efecto" del fármaco una acción destinada a impedir
la implantación del embrión, por lo tanto, éste podía considerarse
abortivo e ilegal. Ese fallo prohibió la venta de la píldora llamada
Postinal, sin hacer referencia a su principio activo: la droga
levonorgestrel.
Los fabricantes cambiaron el nombre al
producto y así volvieron a ponerlo en venta. La demanda a la que se hizo
lugar ayer dice: "La única diferencia que existe entre el anticonceptivo
prohibido por la sentencia de la Corte Suprema y el autorizado
posteriormente para su comercialización (Postinor 2), es su nombre de
fantasía, lo que lo convierte en un producto peligroso que puede conculcar
el derecho a la vida".
El ISP argumentó que no se puede
considerar individuo un óvulo fecundado que aún no anida. Sin anidación,
dice el Instituto, no hay certeza de desarrollo de vida humana.
El ISP sostuvo que el Postinor 2 es un
"medicamento nuevo" con una composición distinta al prohibido por la
Suprema Corte. Sin embargo, la jueza dice que en la novena sesión de la
Comisión de Evaluación de Productos Farmacéuticos Nuevos del ISP del 15 de
diciembre de 2000 se estableció que el principio activo del Postinal es
"idéntico" al Postinor 2, que se vende en farmacias y se distribuye gratis
en servicios de urgencia. La jueza dice que el laboratorio Grünenthal negó
al tribunal información clave para validar las innovaciones clínicas que
justifiquen su diferencia.
A juicio del tribunal, se violaron la
Constitución, decretos leyes y supremos y el Código Sanitario al no
defender la vida e igualdad del que está por nacer.
En una de sus frases clave, la jueza dice
que el "sujeto biológico" existe como tal desde la fecundación o
concepción.
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