II simposio de derecho matrimonial
Víctor Corcoba Herrero
El gran interés mostrado por los asistentes al II simposio de derecho
matrimonial y procesal canónico fomentará nuevos encuentros entre los
profesionales.
Ante un nutrido número de asistentes, todas ellas personas
especialistas o relacionadas con la materia, tuvo lugar el II Simposio de
Derecho Matrimonial y Procesal Canónico. Aunque fueron ciento noventa y
cinco los inscritos, en algunas ponencias hemos podido comprobar que
sobrepasaban los dos centenares. El interés de los congregados fue tal,
que han pedido que se repita con más frecuencia este tipo de encuentros,
cuestión que va a tenerse en cuenta. Los ponentes, profesionales
formadísimos y expertos de primera categoría a nivel mundial en el
conocimiento del Derecho Canónico, han respondido magistralmente a las
expectativas puestas en las distintas ponencias. A propósito de ellas, el
organizador del evento, don Sebastián Sánchez Maldonado (Vicario
Judicial), nos declaraba: “El grueso de este Simposio lo hemos enfocado
principalmente hacia las pruebas, puesto que el hecho de que un matrimonio
se pueda declarar nulo va a depender de ellas. También lo que pretendemos
es ayudar a aquellas personas, a matrimonios en dificultad, a la búsqueda
de una solución, en la medida que el Derecho lo permita y dentro de la
normativa de Iglesia; es por ello, que formándonos más todos, podremos ser
más eficaces y actuar con mejor criterio”.
En los descansos, este colaborador de diversos medios periodísticos, ha
podido hablar con diversos profesionales, que han recalcado -en contra de
lo que se pudiera pensar- el deseo de aliviar la carga de los matrimonios
en crisis ante la mentalidad divorcista existente; actuando desde sus
despachos, no sólo con la comprensión debida, también recordándoles con
claridad y fortaleza que el amor conyugal es el camino para resolver
positivamente la crisis. Precisamente porque Dios los ha unido mediante un
vínculo indisoluble, el esposo y la esposa, empleando todos sus recursos
humanos con buena voluntad, pero sobre todo confiando en la ayuda de la
gracia divina, pueden y deben salir renovados y fortalecidos de los
momentos de extravío. Desde luego, la actitud de la Iglesia es favorable a
convalidar, si es posible, los matrimonios nulos (cf. Código de derecho
canónico, c. 1676).
JUEVES, 17 DE OCTUBRE
Bajo la presidencia en la mesa del Arzobispo de Granada, Monseñor
Cañizares Llovera, que asistió al acto de apertura, las palabras de
bienvenida corrieron a cargo del Obispo de Guadix, Monseñor García
Santacruz, subrayando el estudio del Derecho Matrimonial y Procesal
Canónico, por parte de los profesionales como uno de los componentes
vitales de toda formación cristiana. En este sentido, a juzgar por las
distintas ponencias del Simposio, hemos de felicitar a los organizadores
por el interés de todas ellas, que sin duda han de contribuir a crecer en
esa buena formación canónica, que ayudará a adquirir una sana mentalidad
jurídica. Recordemos que la actividad judicial de la Iglesia, que en su
especificidad es también actividad verdaderamente pastoral, se inspira en
el principio de la indisolubilidad del matrimonio y tiende a garantizar su
efectividad en el pueblo de Dios. En efecto, sin los procesos y las
sentencias de los tribunales eclesiásticos, la cuestión sobre la
existencia, o no, de un matrimonio indisoluble de los fieles se relegaría
únicamente a la conciencia de los mismos, con el peligro evidente de
subjetivismo, especialmente cuando en la sociedad civil hay una profunda
crisis de la institución del matrimonio. Toda sentencia justa de validez o
nulidad del matrimonio es una aportación a la cultura de la
indisolubilidad, tanto en la Iglesia como en el mundo. Se trata de una
contribución muy importante y necesaria. En efecto, se sitúa en un plano
inmediatamente práctico, dando certeza no sólo a cada una de las personas
implicadas, sino también a todos los matrimonios y a las familias. En
consecuencia, la injusticia de una declaración de nulidad, opuesta a la
verdad de los principios normativos y de los hechos, reviste particular
gravedad, dado que su relación oficial con la Iglesia favorece la difusión
de actitudes en las que la indisolubilidad se sostiene con palabras pero
se ofusca en la vida.
El profesor José María Díaz Moreno (de las Universidades Pontificias de
Salamanca y Comillas), desde su experiencia personal, ahondó en el tema de
la administración de justicia en la Iglesia Diocesana como unidad de
evangelización, en base a los principios teológicos que la informan, y
como ministerio pastoral. Ante la responsabilidad de todos, de recobrar la
importancia del Vicario Judicial en los órganos diocesanos de gobierno,
hizo las siguientes sugerencias: La importancia de crear una buena imagen
y las técnicas de comunicación, así como una sincera evaluación a nivel
nacional sobre lo qué tenemos y qué queremos tener, para ello apostó por
la necesidad de una planificación.
Sobre la asistencia técnico-jurídica en los procesos canónicos de
nulidad matrimonial, el abogado, doctor en derecho canónico y miembro de
la Asociación CORAM, Francisco José González Díaz, introdujo el papel del
abogado en los tribunales eclesiásticos y en las exigencias para actuar en
el foro eclesiástico. También profundizó en el derecho procesal canónico,
en los presupuestos, en los juicios ordinarios y especiales, así como en
los efectos civiles de las resoluciones eclesiásticas. En su ponencia,
pues, ha transmitido la misión de los abogados en los tribunales
eclesiásticos, teniendo como base la familia, pilar básico de la sociedad.
VIERNES, 18 DE OCTUBRE
En cuanto a las causas canónicas de nulidad matrimonial, el profesor
José María Díaz Moreno, prestó especial interés en los puntos doctrinales
oscuros, como pueden ser: la identificación e inseparabilidad entre
contrato y sacramento en el matrimonio de los bautizados en el que la
alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí
un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien
de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por
Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento, en la relación
fe-sacramento, así como en la absoluta indisolubilidad del matrimonio
sacramental consumado. Posteriormente trató el tema de las causas del
fracaso matrimonial poniendo en relación la admisión-fracaso y
fracaso-nulidad. No olvidó en su intervención, ahondar en algunas
cuestiones procesales, como la necesidad de la doble sentencia conforme o
el “favor iuris” de que el matrimonio goza del favor del derecho; por lo
que, en la duda, se ha de estar por la validez del matrimonio, mientras no
se pruebe lo contrario.
El Decano emérito del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica
(Madrid), Juan José García Faílde, puso el acento de las pruebas en las
causas de nulidad matrimonial consistentes en: declaración judicial y
extrajudicial de las partes, de los testigos, de la prueba documental y de
la presuntiva creada por el juez en cada caso particular. También
desarrolló, en otra sesión, la importancia de la prueba pericial, en base
la necesidad de la ayuda del perito, de la entrevista pericial y de las
pruebas psicológicas, sobre todo de evaluación de la personalidad y de las
alteraciones neuropsicológicas.
SÁBADO, 19 DE OCTUBRE
Prosiguiendo en la línea probatoria, el profesor Juan José García
Faílde, desarrolló una ponencia sobre los trastornos de la personalidad,
clasificando las diferentes perturbaciones, mediante un exhaustivo
análisis de los principales, estudiando su naturaleza, sus síntomas
relacionados con la nulidad del matrimonio por grave defecto de discreción
de juicio y por incapacidad para cumplir las cargas fundamentales del
matrimonio, como puede ser: paranoide, esquizoide, esquizotípico,
histriónico, narcisista, antisocial, borderline, obsesivo-compulsivo,
evitativo, dependiente.
La última de las ponencias, examinó los remedios jurídicos contra la
sentencia, siendo desarrollada por el Catedrático de la Pontificias
Universitas Lateranensis de Roma, Manuel Arroba Conde, que planteó las
impugnaciones como derecho de las partes o aquellos instrumentos no
impugnativos, así como el trámite automático ante el tribunal de
apelación. También desarrolló la apelación en sentido estricto: el
gravamen de injusticia en relación a la racionalidad de la sentencia, el
análisis de las normas y los puntos inciertos en doctrina y
jurisprudencia; la querella de nulidad: el gravamen de la ilegitimidad y
el análisis de las normas; y el nuevo examen en diferencia con la
apelación y como significado de la novedad y gravedad de pruebas y
argumentos.
Clausuró el acto, Monseñor Cañizares Llovera, que refrendó la
importancia del Simposio y el deseo de proseguir en esta línea de ayuda,
por parte de los profesionales, puesto que las propiedades esenciales del
matrimonio son la unidad y la indisolubilidad, que en el matrimonio
cristiano alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento. No se
olvide que del matrimonio válido se origina entre los cónyuges un vínculo
perpetuo y exclusivo por su misma naturaleza; además, en el matrimonio
cristiano los cónyuges son fortalecidos y quedan como consagrados por un
sacramento peculiar para los deberes y la dignidad de su estado. El Señor
Arzobispo también resaltó la misericordia divina y subrayó la sanación en
la raíz de un matrimonio nulo, que como dice el canon 1163: puede sanarse
el matrimonio nulo por impedimento o por defecto de forma legítima, con
tal de que persevere el consentimiento de ambas partes. De ahí, la
trascendencia de que los profesionales actúen como auxilio y ayuda.
ALGUNAS OPINIONES DE LOS ASISTENTES TOMADAS AL AZAR
José Hurtado González (Defensor del Vínculo del Tribunal Eclesiástico
de Guadix). Con este tipo de actos, no cabe duda, que nos enriquecemos
todos, y por ello, es sumamente positivo. A parte de todas estas
reflexiones y medidas jurídicas que estamos tratando en el Simposio, no
podemos olvidar la parte espiritual del matrimonio como sacramento; de ahí
la importancia de la oración en la vida matrimonial, el perdón y diálogo,
y sobre todo la esperanza. A mi me parece que uno de los fallos de hoy
día, es que hay una gran dosis de ansiedad e incomprensión.
José Juan Fernández Salazar (Abogado en Granada). El Simposio me parece
muy útil para los profesionales que ejercemos; si acaso decir, que las
ponencias han sido demasiado intensas para tan poco tiempo. Convendría que
todos los años hubiese un encuentro de este tipo para profundizar más e
intercambiar experiencias.
María Victoria Díaz Santa Olalla e Inmaculada Marín Carmona (Abogadas
pertenecientes a la Asociación Malagueña de Derecho Canónico CORAM). Vale
la pena ahondar en lo que se ejerce, formarse continuamente, intercambiar
vivencias...Estamos muy contentas de haber acudido. La organización muy
buena, dígalo.
María José Villacreces González y Pedro Quesada Arroyo (Abogados en el
Ejido y Jaén). Estos cursos siempre son enriquecedores para nuestra
profesión y muy válidos. El reciclaje en nuestra profesión, y más en
derecho canónico, es de suma importancia. Esperemos que se repitan con más
frecuencia, son una necesidad.
Antonio Robles Castillo (Profesor). Todas las ponencias son sumamente
interesantes, sobre todo destacaría la profundización en las pruebas que
tanto se han tenido en cuenta en este Simposio. Han sido tres días
intensivos, pero ha valido la pena. Convendría seguir profundizando en
esta materia, en la del matrimonio sacramental; potestad que le pertenece
a la Iglesia por derecho propio y nativo. Por lo tanto, es necesario
penetrar a fondo en la legislación canónica directamente relacionada con
el matrimonio, como aquí se ha tratado.
Jóvenes abogados de Granada. Queremos decirle a los organizadores que
¡bravo!. Este tipo de Simposio siempre son positivos cuando se traen a
especialistas de tanta altura, como es el caso. Si tuviéramos que dar
alguna opinión negativa, sería la de pedir que se tratasen a posteriori
estos temas de manera más específica. Se ha hablado de las pruebas, pero
hemos de seguir con el vínculo, consentimiento...y tantos términos... que
no ha dado tiempo a desarrollar.
MI REFLEXIÓN ÚLTIMA
El Simposio ha contribuido a esclarecer temas tan importantes como la
Administración de Justicia en la Iglesia y su asistencia técnico-jurídica
en los procesos canónicos, ahondando en las causas de nulidad y en las
pruebas, para emitir una sentencia, que exige un esfuerzo constante de
profundización de la verdad sobre el matrimonio y la familia, también como
condición necesaria para la administración de la justicia en este campo.
Ha sido muy importante, que tanto los ponentes como los profesionales
asistentes, hablasen en sus mesas redondas sobre la presentación positiva
de la unión indisoluble, para redescubrir su bien y su belleza; puesto
que, según la enseñanza de Jesús, es Dios quien ha unido en el vínculo
conyugal al hombre y a la mujer. Ciertamente, esta unión tiene lugar a
través del libre consentimiento de ambos, pero este consentimiento humano
se da a un designio que es divino.
En otras palabras, es la dimensión natural de la unión y, más
concretamente, la naturaleza del hombre modelada por Dios mismo, la que
proporciona la clave indispensable de lectura de las propiedades
esenciales del matrimonio. Su ulterior fortalecimiento en el matrimonio
cristiano a través del sacramento (cf. Código de derecho canónico, c.
1056) se apoya en un fundamento de derecho natural, sin el cual sería
incomprensible la misma obra salvífica y la elevación que Cristo realizó
una vez para siempre con respecto a la realidad conyugal.