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[FIRMAS] Rodrigo
Guerra López
La persona al centro
Derechos humanos, organizaciones y responsabilidad
social
Uno de los lugares comunes del pensamiento político y
empresarial contemporáneo es precisamente colocar a la persona humana en
el centro de todo dinamismo y preocupación. Ya sea para afirmar que las
acciones gubernamentales se realizan por el beneficio de todos, ya sea
para sostener que el recurso más importante de una organización es el ser
humano, el tema del valor que posee la persona aparece recurrentemente.
Sin embargo, la vuelta a la persona no siempre está acompañada de un
regreso igualmente entusiasta por la vigencia y promoción de los derechos
humanos. El tema de los derechos humanos resulta en ocasiones incómodo
debido a que con singular fuerza coloca las exigencias básicas de la
justicia en la mesa de discusión. A continuación trataremos de presentar
algunas razones por las que pensamos que un auténtico enfoque centrado en
la persona exige que todos ingresemos a un nuevo compromiso a favor de los
derechos humanos.
1. Una época paradójica
La conciencia sobre la importancia que posee la
dignidad humana es connatural a nuestra especie. Si bien es cierto que en
ocasiones las maneras de expresar esta conciencia pueden ser rudimentarias
o imprecisas es un hecho que todo ser humano descubre en la relación con
los demás que posee ciertas libertades y posesiones originarias que han de
ser respetadas y afirmadas siempre. Baste mirar con atención el fenómeno
de la indignación para percatarnos que existen experiencias concretas a
través de las cuales no nos puede caber la menor duda que el ser humano
merece ser respetado en su ser y en sus capacidades. Estas experiencias
revelan no solo que el hombre y la mujer somos seres racionales y libres
sino que además muestran que poseemos un valor altísimo que designamos con
el nombre de dignidad. La dignidad impone una obligación, un deber que al
ser reconocido por la razón se convierte en norma fundamental de acción.
No podemos negar que ha sido un avance importante en la
historia de la humanidad que este tipo de convicciones hayan permitido
lograr un acuerdo fundamental entre la gran mayoría de las naciones de la
tierra denominado Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sin
embargo, “la nuestra es, sin duda, la época en que más se ha escrito y
hablado sobre el hombre, la época de los humanismos y del
antropocentrismo. Sin embargo, paradójicamente, es también la época de las
más hondas angustias del hombre respecto de su identidad y destino, del
rebajamiento del hombre a niveles antes insospechados, época de valores
humanos conculcados como jamás lo fueron antes”. La paradoja de nuestro
tiempo consiste, pues, en haber ampliado nuestra conciencia sobre la
dignidad inalienable de la persona y no haber correspondido en los hechos
a este redescubrimiento.
2. No basta la ley, no basta el consenso
Durante buena parte del siglo XX gracias a las obras de
diversos autores, entre los que destacó Hans Kelsen, una gran cantidad de
personas creyeron que el derecho y la justicia eran reducibles a la ley
positiva promulgada e impuesta por la autoridad pública. Un gobernante
bajo el paradigma iuspositivista se encontraba en una posición
particularmente privilegiada al momento de exigir el cumplimiento de la
ley: en la vida pública no hay otra moral, no hay otro principio vigente
más que la ley positiva. Sin embargo, los horrores de la II guerra mundial
reinsertaron la pregunta fundamental que todo legislador y juez se hace
día con día: ¿acaso no es posible pensar al derecho como derecho justo? El
derecho ha legitimado los peores crímenes ¿acaso no es necesario buscar
nuevamente el derecho que debe-ser?
No es difícil descubrir que cuando la ley positiva no
reconoce otro parámetro más que a ella misma lo legal puede devenir en
injusto. Así es como en la segunda mitad del siglo veinte aparecen nuevos
intentos para tratar de revitalizar los fundamentos del Derecho y para
tratar de justificar con mayor fuerza los mismísimos derechos humanos. Sin
embargo, más pronto que tarde, un nuevo problema apareció en la discusión:
¿será posible encontrar un fundamento para los derechos humanos o sólo
será posible lograr un acuerdo práctico sobre ellos? Esta pregunta es
resuelta de un modo consensualista por Norberto Bobbio. El famoso filósofo
italiano dirá que el único fundamento posible de los derechos humanos es
el que brota del consenso. Esta es una posición sumamente seductora ya que
en la sociedad contemporánea la vida democrática y la discusión plural de
las ideas se presta para buscar el consenso antes que la violencia al
momento de contrastar posiciones y dirimir diferendos. Sin embargo, la
idealización del consenso fácilmente vuelve a recaer en las
contradicciones del iuspositivismo recién abandonado. Dicho brevemente:
las personas podemos ponernos de acuerdo en cosas benéficas para todos o
en cosas particularmente perversas lo cual muestra que el consenso no
basta para asegurar la justicia de los acuerdos.
Así podemos mirar que ambos elementos - la vigencia de
la ley positiva y el consenso como mecanismo para lograr acuerdos - son
condiciones necesarias pero no suficientes para la vigencia de los
derechos humanos. Los derechos humanos no se fundan en la ley positiva o
en el acuerdo de las partes sino que precisamente la ley y el acuerdo son
justos si se basan en los derechos humanos. Los derechos humanos, a su
vez, no tienen otro fundamento que la dignidad inalienable de la persona
humana. La dignidad humana no es una abstracción, una utopía o un
proyecto. La dignidad humana es un dato encontrable en la experiencia
concreta que todos tenemos de nuestra propia humanidad y de la humanidad
de los demás. La común humanidad nos hermana y nos permite afirmar que
existe una ley anterior a toda ley positiva que brota de la condición
personal. Esta ley natural no es una fantasía, no es un constructo
arbitrario sino que es una exigencia objetiva que busca salvaguardar a la
persona de cualquier instrumentalización o cosificación: “El derecho
natural da al legislador normas particulares que hay que perfeccionar
constantemente. No pretende ser un código de comportamiento social eterno
y desligado de cualquier tipo de relación con la historia. Pero exige que,
en los diversos terrenos de la existencia, la dignidad humana esté
asegurada. Más bien que ejercer un control sobre el derecho positivo, el
derecho natural tiende a expresarse concretamente en él y a vivificarlo.
Por eso sigue siendo siempre válido cuando las más vergonzosas violaciones
hieren al hombre...”. De este modo, los derechos humanos, son derechos
naturales que posibilitan que lo legal sea además de legal, legítimo, es
decir, justo.
3. Los derechos humanos y el bien de las organizaciones
Las instituciones políticas, el sector productivo, los
organismos civiles, las iglesias y en general toda comunidad humana exigen
continuamente el bien que les es propio de acuerdo a su naturaleza. Es
natural que las organizaciones de cualquier tipo persigan su bien
específico, es decir, su realización, su perfeccionamiento. Cada
organización posee una finalidad diversa, un “giro”, que la distingue y la
coloca en un nicho social particular. Sin embargo, el bien específico de
un grupo humano para que sin violentar su particularidad sirva
auténticamente a las personas involucradas en él, requiere haber asegurado
los mínimos de justicia que permiten que al menos estas sean tratadas
precisamente como personas. Los mínimos de justicia no son todo el bien de
un grupo pero son la base para que todo otro bien sirva realmente a las
personas. Cuando un bien se obtiene pero no descansa en la justicia - sino
en su ausencia - tiende a alienar a las personas. Las condiciones
esenciales de justicia al momento de trabajar, de producir, de servir o de
gobernar permiten que los bienes que exceden lo estrictamente justo se
articulen e integren en función de la dignidad humana. Donde no impera la
justicia, el bien común no se da porque de hecho “el bien común consiste
principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona
humana”.
Esta idea nos parece importante debido a que en algunos
lugares y ambientes sensibles a la dignidad humana se realizan actualmente
esfuerzos por humanizar las actividades y las relaciones a través de
propuestas de valores, códigos de ética, decálogos organizacionales, etc.
Estos esfuerzos son muy encomiables. Sin embargo, suponen el que los
derechos humanos hayan sido asegurados de manera real. Cuando en un código
de ética interno a una organización se plasman compromisos a favor de la
verdad, la honestidad, la calidad y la primacía de las personas por encima
de las cosas, es preciso verificar con antelación si la agenda básica de
los derechos humanos ha sido también cumplida. La responsabilidad social
de una organización pasa por los derechos humanos. Por ejemplo, sería una
grave farsa afirmar un decidido enfoque de servicio a las personas e
ignorar parcial o totalmente los derechos laborales que los trabajadores
de una institución pública o privada poseen.
4. Nuevos desafíos para los derechos humanos
Los derechos humanos han recorrido una historia
peculiar en los últimos siglos. Existen tres generaciones básicas que es
preciso tomar en cuenta. La primera generación de los derechos humanos se
caracterizó por reivindicar los derechos civiles y políticos de las
personas. Estos derechos fueron expresados formalmente en el
constitucionalismo liberal. En buena medida estos derechos son
“libertades” que poseemos y que el Estado no debe de impedir, es decir,
implican un deber de abstención por parte del Estado. Aquí se encuentran
la libertad de pensamiento, de expresión, de asociación, etc.
La segunda generación de los derechos humanos versa
sobre derechos económicos, sociales y culturales. Son reconocidos
principalmente en la tradición del constitucionalismo social. Estos
derechos son exigibles al Estado y nunca se realizan de manera perfecta
aún cuando su aspiración sea irrenunciable. En este grupo se hayan el
derecho al trabajo, a la educación, a la vivienda, a la salud, etc.
La tercera generación de los derechos humanos se suele
calificar como la generación de los derechos de la solidaridad. Estos
derechos sólo son realizables con el concurso de todos: individuos,
estados, organismos públicos y privados. Nos referimos al derecho al medio
ambiente sano, el derecho a la paz, al desarrollo, a la autodeterminación
del individuo y de los pueblos, el derecho de propiedad sobre el
patrimonio común de la humanidad, etc.
Estas tres generaciones nos permiten atisbar que las
diversas épocas colocan el acento en ciertos derechos que resultan
amenazados por motivos diversos. Teniendo en cuenta esta premisa, es
preciso indicar que hasta hace muy poco la caracterización del tiempo que
nos encontramos viviendo - finales del siglo XX y comienzos del XXI - era
realizada por parte de algunos como el momento en que el socialismo ha
sido vencido y el capitalismo triunfante coloca a la humanidad en una
situación de fin de la historia. Sin embargo, tanto los actos terroristas
del 11 de septiembre del año 2001, como la corrupción interna de grandes
gobiernos y emporios empresariales, la irrupción del fundamentalismo
(religioso, étnico, cultural...), el aumento de la pobreza, la impagable
deuda externa de muchos países, el pragmatismo rampante y el desencanto
postmoderno ante la razón, nos ofrecen nuevas coordenadas para trazar otra
parte del mapa de la época emergente.
En este nuevo momento, la afirmación simultánea y
valiente de los derechos humanos en sus tres generaciones parece surgir
como necesidad por parte de todos. Las omisiones y retrasos en este tema
no solo pueden resultar inmorales sino gravemente trascendentes aún desde
una óptica puramente práctica. La estabilidad de las democracias y del
mercado no se consiguen con declaraciones retóricas y poses
convencionales. Para que el Estado y el mercado operen y no se suiciden
requieren reconocer activamente sus límites precisos. En parte, estos
límites, están constituidos por los derechos humanos, es decir, por
parámetros ético-jurídicos que permiten que los procesos sociales no se
desfonden. Vale la pena insistir: trabajar activamente en este terreno es
tarea de todos. ¡En esto consiste colocar a la persona en el centro! Los
más vulnerables y marginados en nuestra sociedad con su presencia y su
rostro nos han de recordar a cada paso que debemos luchar continuamente a
favor de una vida digna para todos.
Fecha de publicación: 24 de enero de 2003 |