Imprimir

¿De qué se trata?

Jaime Septién

Sobre la publicación del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público en México.

“Las leyes inútiles debilitan las necesarias”: Montesquieu

La secretaría de Gobernación acaba de emitir el Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Tardaron once años y medio en parirlo (la Ley se emitió en 1992), y lo que sacaron fue una cosa amorfa, con todos los temores y temblores de quienes ven en la religión una especie de amenaza para el desarrollo de los pueblos. No voy a entrar en detalle. Sería cansar al lector con comentarios sobre temas trillados. Sólo me concentraré en tres asuntos:

El Reglamento vuelve a caer en el error que ya había caído la Ley: que el derecho a la libertad religiosa pertenece a las Asociaciones Religiosas y no a las personas. Se trata de un derecho humano fundamental, que nace con cada uno de los seres humanos y que el Estado debe defender tanto como promover. Pero, como en México el Estado “otorga” los derechos y las garantías a las personas, pues en esta ocasión decidió que el derecho es de las Asociaciones Religiosas. Obviamente, es el Estado el que da o niega la licencia de operación a las Asociaciones Religiosas. Luego entonces es el dueño y señor del ejercicio religioso en el país. Autoritarismo donde lo haya, ¿eh?.

El Reglamento le tiene pavor a la liturgia. Es decir, cree que la misa dominical es perniciosa para la salud de la gente, y enferma al Estado laico. Si no, ¿cómo se explica que se impida la transmisión permanente de la misa? Aunque suene extrañísimo (de hecho lo es), los señores de Gobernación impiden-bajo promesa de sanción ejemplar-- que los medios electrónicos (radio y televisión) transmitan constantemente (por ejemplo, cada domingo) la misa. Dan permiso para que las misas se transmitan por periódico (¡qué amables!). Y si lo va a ser por televisión o radio, solamente será “en casos extraordinarios”. ¿Y los enfermos? ¿Los impedidos y los ancianos? ¿Para ellos no sirve la tecnología? ¿Para ellos no hay piedad? ¿Ellos no tienen derecho a participar en la misa? ¡Qué vergüenza que se imponga esta restricción a miles que ven o escuchan misa en su casa porque no pueden acudir al templo!

El Reglamento sigue obligando a que los funcionarios públicos sean esquizofrénicos: doble personalidad en una misma envoltura. Si van a misa, que lo hagan, tienen la bendición estatal. Pero sólo pueden ir “a título personal”, dejando colgado en el perchero su representatividad, su personalidad jurídica, su función y su nombramiento. Que nadie vea al gobernador o al diputado, a la secretaria o al policía en un acto de culto. Puede contagiarse y perder la fe en el dios-estado. Puede olvidar la lucha de los partidos masones, de los partidos comunistas, de los partidos liberales y de los partidos rémoras por hacernos entender que si queremos paz, justicia, desarrollo y calidad de vida nos olvidemos de nuestra identidad y de todos los cuentos que nos han contado esos asesores del atraso, esos arciprestes del subdesarrollo que han sido los curas y sus secuaces laicos, fanatizados y retrógados.

No exagero un ápice. Pienso que se vale la impericia, pero no la soberbia ignorante. Y menos la violación de los derechos humanos fundamentales. ¿Es éste el estado de Derecho que nos prometieron? En una de esas, hasta don Plutarco enrojecería.

 
 

Inicio ] [ Atrás ]