Bush y los gays
Decir que la unión entre personas con tendencias
homosexuales no puede ser matrimonio no es imponer ningún código moral a
nadie. Es mantener la injerencia del Estado en su justo límite.
“Dejad
que se casen”. La semana pasada, The Economist publicó un artículo de los
que es difícil dejar pasar por alto sin comentarlo… no porque nos interese
Bush, la campaña electoral americana o los millones invertidos en dar o
quitar prestigio a sus protagonistas… sino porque todo aquel que se crea
con derecho a ser leído en la prensa, debería presentar ideas un poco
consistentes. El artículo de The Economist no cumple con esta
características.
Dejo a un lado el juego sucio en la manera de referirse al
presidente. Vamos a los argumentos. El planteamiento del artículo podría
resumirse de la siguiente manera:
El matrimonio es una unión de adultos que se quieren y se
comprometen a quererse, frente a la sociedad.
Los homosexuales cumplen estas características.
La obligación de la Corte es definir la libertad de todos y
no obligar su propio código moral.
Por lo tanto, el Estado debe reconocer el matrimonio de las
personas homosexuales igual que garantiza el de las heterosexuales.
Aunque parece impecable, la argumentación tiene bastantes
agujeros. Primero: una concepción errónea del matrimonio. Si lo que
constituye el matrimonio es el acuerdo entre “dos adultos amorosos” para
llevar adelante una unión afectiva y sexual, entonces, ¿debería permitirse
el matrimonio entre hermano y hermana? Si una mujer se enamora de su padre
y éste de ella, ¿pueden casarse? ¿Y si la unión afectiva es entre tres
personas en vez de dos?... Lo absurdo de estas aplicaciones nos hace
pensar que le falta algo a esta definición del matrimonio, pues parece que
no todas las personas que se quieren pueden casarse. La atracción sexual
no comporta el derecho inmediato a la protección del Estado. Los gays no
serían los únicos afectados.
Segundo agujero: la concepción del Estado y de su
injerencia en el tema del matrimonio. La primera pregunta que nos tenemos
que hacer es de qué concepto de Estado partimos. Hay quienes piensan que
el Estado es una organización posterior a la persona y a la familia, que
no “crea” los derechos de estos, sino que los reconoce. Aunque esta visión
es la más apropiada para entender por qué el Estado debe proteger el
matrimonio natural (sólo entre hombre y mujer se da unión sexual
verdadera), no es quizás la concepción del Estado que entienden los
lectores de The Economist. Nos resignamos entonces a utilizar el concepto
del modelo anglosajón, según la cual las leyes se promulgan por consenso,
y el Estado es un simple regulador de equilibrios. Aún en este caso, no
estaría obligado a reconocer el matrimonio entre homosexuales. ¿Por qué?
Utilicemos términos pragmáticos: porque no le aporta nada.
¿Por qué al Estado le interesa proteger el matrimonio
natural? Por la economía. Por estabilidad social. Porque, lo queramos o
no, sólo el matrimonio formado por hombre y mujer es una institución
social estable, que además produce naturalmente hijos: futuro y desarrollo
de la sociedad. Por eso le interesa este tipo de unión, y no otras. El
Estado protege la familia y el matrimonio natural porque aseguran la
estabilidad y continuidad de la sociedad, porque son su base.
Una vez abolidas las leyes así llamadas “anti-sodomitas”,
las personas con tendencias homosexuales no tienen ningún impedimento para
vivir juntos y compartir sus vidas. Pero no pueden llamarse matrimonio ni
el Estado está obligado a proteger su unión, de la misma manera que no
tiene que garantizar otras uniones entre personas: parejas de amigos,
comunidades religiosas, etc. Pensar que ser matrimonio les ayudaría a que
su compromiso sea más estable es una afirmación romántica, pero poco
creíble. El Estado ha dejado de tener el papel paternalista y educador de
la Edad Media y tampoco actúa como defensor de la indisolubilidad.
Por otro lado, la definición del matrimonio no se trata,
como señala el artículo, de una simple cuestión de “semántica”, aunque,
precisamente si estamos hablando de términos jurídicos, la “semántica”
tiene un papel bastante importante. No se puede hablar de compraventa si
nos queremos referir a una permuta, por ejemplo. Si matrimonio se define
como unión entre hombre y mujer, entonces no se puede aplicar a la unión
entre personas del mismo sexo. ¿Rigorismo, rigidez, fanatismo…? No: es la
simple ley del derecho.
Decir que la unión entre personas con tendencias
homosexuales no puede ser matrimonio no es imponer ningún código moral a
nadie. Es mantener la injerencia del Estado en su justo límite: proteger
las instituciones que lo sostienen (matrimonio, familia natural) sin
entrometerse en las relaciones privadas entre otras personas.
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